[image]

DECRETO N° 651

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara el reconocimiento oficial y otorgar la denominación política de “NÚCLEO RURAL” a la comunidad conocida como “SAN ISIDRO”, ubicada en el Municipio de San Jacinto Tlacotepec, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, en términos de lo acordado por el Honorable Ayuntamiento de San Jacinto Tlacotepec, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca.

 

Con el entendido que esta resolución sólo proporciona la denominación política, sin otros alcances legales.

 

Se agrega al Decreto No. 108, aprobado el 7 de mayo de 1993, que contiene la División Territorial del Estado de Oaxaca, publicado en el Alcance al No. 20 del Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de fecha 9 de mayo de 1994, el nombre de “SAN ISIDRO”, al Municipio de San Jacinto Tlacotepec, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, y se le otorga la denominación política de Núcleo Rural, para quedar como sigue:

 

DISTRITO DE SOLA DE VEGA

 

 

NOMBRE DENOMINACION CATEGORÍA

POLÍTICA ADMINISTRATIVA

Del Municipio 1 al 3.- …

 

4.- SAN JACINTO TLACOTEPEC

 

De la comunidad primera a la tercera.- . . . . . .

SAN ISIDRO Núcleo Rural

 

Del Municipio 5 al 16.- . . .

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 26 de junio de 2008.

 

 

 

DIP. FRANCISCO JAVIER VERA MÉNDEZ.

PRESIDENTE.

 

 

 

DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS.

SECRETARIO.

 

 

DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ.

SECRETARIO.